- "De esta manera, un nuevo regionalismo debería invertir los términos de la cuestión. Dada la diferencia étnica evidente - por ejemplo, Galicia, Vasconia, Cataluña - no debe preguntarse qué derechos políticos le corresponden, sino al revés, cómo puede aprovecharse en beneficio del Estado esa diferencia, precisamente, por ser diferencia"
- "Cuando se leen estas páginas de García Martí en que aparece tan acusado el perfil del alma gallega frente a los de otros grupos peninsulares, sorprende con mayor vehemencia que el hecho enorme de la peculiaridad regional no arroje la menor proyección sobre el régimen civil de España"
José Ortega y Gasset; 1927.
Qué fértiles son estas lineas, para empezar a desarrollarlas; hay términos-conceptos que siempre resultan incómodos cuando se trata de llenarlos de contenido, máxime en este país de brutos. Terminos tales como :
1 - Regionalismo; ¿qué clase de regionalismo?.
2 - La diversa etnicidad de la península Ibérica y la cuestión de si es desde ésta, desde la diferencia, desde donde deben emanar derechos políticos. Luego, más adelante, dice que habría que aprovechar la diferencia en beneficio del Estado, pero sigue sin definir cual debería ser su arquitectura institucional.
3 - Régimen civil; se sorprende de que el acusado hecho diferencial de Galicia no haya arrojado ninguna proyección sobre el régimen civil del estado centralista. A mí me sorprende que un filósofo de su talla pueda sorprenderse de que un país que ni siquiera disponía de instituciones de autogobierno - ni siquiera formales - no representativas y caciquiles pueda arrojar algo al exterior, como no sea emigrantes o soldados en tiempos de crisis.

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